25/04/2024 - Edición Nº1968

Interés General | 2 sep 2014

Alerta para la población: el nivel de arsénico en el agua supera lo permitido

Según el Código Alimentario Argentino el valor permitido en la Provincia es de 0,05 mg por litro y de acuerdo a los análisis que surgieron del fallo del Tribunal en Criminal N°3 de La Plata, tras un amparo presentado por vecinos de Cañuelas, el distrito posee un contenido de 0,25 mg de arsénico por litro que "pone en riesgo la salud". Los jueces ordenaron a la empresa ABSA que realice obras para reducirlos y que informe cada 6 meses los niveles de arsénico en sus facturas. La Comuna quedó excluida de la demanda.


A mediados del año pasado alrededor de 20 vecinos iniciaron un juicio de AMPARO contra la Municipalidad de Cañuelas y ABSA al considerar que "la calidad del agua es perjudicial para la salud". La demanda se originó por la “la falta de respuesta previa de ambos partes” y estuvo encabezada por el martillero Alfredo Martínez, con la representación de la abogada Verónica Zulaica.
 
El pasado 26 de agosto los jueces Santiago Paolini, Ernesto Domenech y Andrés Vitali dictaminaron que el consumo de agua en Cañuelas está en situación de riesgo para la salud, luego de ver los resultados de la pericia realizada el 17 de marzo por la Dra. Leda Giannuzzi, titular de la cátedra de Toxicología de la Facultad de Ciencias Exactas de la Universidad Nacional de La Plata, que informó que "se ha acreditado que el agua que se provee en Cañuelas posee un contenido de 0,25 mg de arsénico por litro", cuando el valor permitido en la provincia es de 0,05 mg. Por tales consideraciones el químico polémico presente en el agua supera en cinco veces el nivel aceptado. 
 
El Tribunal Criminal 3 de La Plata falló desfavorablemente para la empresa ABSA, estableciendo en sus considerandos que la calidad del agua "pone en riesgo la salud de la población” y que es obligación de la prestadora del servicio hacer análisis cada seis meses e informar los resultados a sus clientes, además de presentar en un plazo de 3 meses un plan de obra para reducir los niveles de arsénico a lo permitido.
 
Por otro lado, la Comuna logró mediante su defensa quedar excluida de la demanda, a tal punto que los jueces rechazaron el pedido de los vecinos respecto a las irregularidades del cuadro tarifario. El argumento de los letrados es que la Municipalidad no está obligada a prestar ni a controlar el servicio de agua corriente, que en el año 2011 le transfirió el servicio a la Provincia y mediante decreto la concesión a ABSA.
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