26/04/2024 - Edición Nº1969

Interés General | 14 mar 2011

Inspección ambiental en empresa química de Máximo Paz

El Gobierno Municipal, a través de la Subsecretaria de Política Ambiental informa que se realizó una inspección a la planta industrial que la empresa Química y Energía S.R.L. posee en la zona Industrial de Máximo Paz, como respuesta a denuncias recibidas por los vecinos, sobre la percepción de olores a productos químicos e irritación de las mucosas.


Durante la inspección se observó lo siguiente:

1) En el fondo del predio se aprecia un vuelco de efluentes líquidos sin tratamiento adecuado, sin autorización, no declarado, es decir en forma clandestina, dado que en el EIA la empresa declaro oportunamente que el efluente generado lo dispondría en tratador externo autorizado por el OPDS.

2) Se realizaron mediciones de pH del efluente líquido final de la manguera volcado en suelo in situ; con cinta de pH y luego con peachimetro en presencia de personal de la empresa, acusando un valor de 3,5 unidades de pH, también de conductividad acusando un valor de 17,1 mS/cm, como conclusión de estas mediciones; el uso de ácido sulfúrico en el proceso industrial de producción de oleínas y lo declarado en el formulario básico de categorización, se trata de un efluente con características de residuo especial de acuerdo a la tipificación de la ley provincial 11.720 (soluciones ácidas).

3) Se observa en el vuelco por absorción en suelo, la degradación de toda la vegetación superficial, el olor ácido característico, la concentración de sales en superficie, y la manguera que llega al lugar escondida entre la vegetación desde la bomba de achique ubicada en una pileta de contención.

4) El operador que acompaño a los funcionarios en la recorrida a la planta mencionó un tratamiento de neutralización y fisicoquímico previo, que le practicaban al afluente antes de su vuelco, lo cual se comprueba que no es suficiente.

5) Se observa un reactor, donde se está realizando un lavado del producto final, según declaraciones del operador, cuyo venteo de vapor directo al la atmósfera se midió reacción ácida. A pesar de tener un sistema de captación de los venteos ácidos (arrastre de ácido sulfúrico), en el momento de la inspección no estaba siendo usado, al punto tal que la solución del tanque de recepción, que debe ser alcalina, presentaba un pH 3,0.

6) Se observaron derrames de líquidos alcalinos (pH 13,0) en el piso de la zona de trabajo en galpón bajo techo, con serios riesgos para los operarios.

7) La empresa genera un efluente diario de solución ácida, de aproximadamente 25 m3/día, hasta el mes de octubre de 2010 presenta comprobantes de disposición final en tratador externo autorizado, a partir de allí no posee mas comprobantes, por lo que se concluye que ha estado arrojando dichos efluentes sin tratamiento adecuado, sin autorización, directo a suelo en estos últimos cuatro meses.

8) La empresa presenta un Certificado de Aptitud Ambiental vencido, no pudiendo acreditar en planta el nuevo CAA, tampoco presenta los análisis obligatorios de suelo, agua, y aire del plan de monitoreo contemplados en el Anexo I del CAA.

Como conclusión de lo actuado se decidió labrar acta de infracción Nº 4596 por infringir la Ordenanza Nº 1275 Art. 96 Inc. b y d (vertido de efluentes líquidos residuales con características de residuos especiales) y acta de inspección Nº 774, intimando a presentación de documentación faltante y remediación del suelo afectado en tratador externo autorizado. Las mismas fueron elevadas correspondientemente al Juzgado de Faltas Municipal. Además, se informa a la empresa los condicionamiento para su funcionamiento, a saber: anular el vuelco de efluente líquido a suelo directo en forma inmediata; neutralizar los vapores ácidos de todos los reactores, evitando la descarga directa a la atmósfera en forma inmediata; enviar a tratador externo todos los residuos especiales generados; remediar el sector de suelo degradado y enviar a tratador externo autorizado; presentar el CAA actualizado; presentar la propuesta de tratamiento de efluentes líquidos en planta, para ser analizado por la Subsecretaría de Política Ambiental.

Dirección de Prensa
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